Pensión compensatoria ¿Qué es?

Pensión compensatoria ¿Qué es?

Por: Christianne Sánchez de SAZ Abogados 

En el ámbito del derecho de familia en el Estado de Hidalgo, la pensión compensatoria es un tema poco abordado, pero muy relevante para quienes atraviesan la ruptura de una relación matrimonial o de concubinato. A continuación, explicamos qué es, para quién aplica, cómo se regula y cuáles son los pasos legales (que pueden variar según el caso).

1.- ¿Qué es la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria es una compensación económica a favor de uno de los cónyuges, que puede solicitarse al otro cuando ocurre la disolución del vínculo. Es decir, cuando una de las partes se dedicó al hogar y al cuidado de los hijos, y no pudo desarrollarse laboralmente debido a dicha dedicación a la familia.

2.- ¿Para quién es?

● Para el cónyuge que se dedicó preponderantemente al hogar y a la familia.
● Cuando una de las partes se encargó del cuidado del hogar y de los hijos, o no pudo desarrollar plenamente su actividad laboral.
● No debe confundirse con la pensión alimenticia para los hijos ni con una compensación por bienes, sino que responde al desequilibrio económico generado durante la relación.

3.- ¿Cómo aplica la norma en Hidalgo?
● La Ley para la Familia del Estado de Hidalgo establece que ambos cónyuges deben contribuir al sustento familiar con sus ingresos.
● El Código de Procedimientos Familiares dispone que, en el juicio de divorcio o de terminación de la relación, puede reclamarse la compensación económica. Sin embargo, esto no significa que aplique a todos los casos; es necesario consultar a un abogado.
● El juez analiza factores como: la duración de la relación, el régimen patrimonial, la contribución al hogar, la capacidad económica de ambas partes y los sacrificios o negligencias asumidos.
● La compensación puede fijarse como pago único o pensión periódica, dependiendo del caso concreto.

4.- ¿Cuál es el procedimiento legal?

  1. Presentación de la demanda ante el juez familiar competente, acompañada de las pruebas (duración del matrimonio, aportaciones, sacrificios, ingresos, bienes, etc.).
  2. Solicitud de la compensación, con fundamento en el Código de Procedimientos Familiares, según corresponda.
  3. Valoración judicial: el juez analiza las pruebas y dicta sentencia, determinando la cantidad, modo y plazo de pago.
  4. Ejecución: si el obligado no cumple, se pueden aplicar los mecanismos previstos por la ley (embargo, retención, entre otros).
  5. La demanda de compensación puede tramitarse de forma independiente o integrarse al juicio de divorcio.

5.- ¿Qué debes tener presente?
● Este derecho existe y es defendible. Si tu dedicación al hogar o al negocio familiar redujo tu desarrollo profesional, infórmate.
● Reúne evidencia: tiempo dedicado, renuncias laborales, menores oportunidades, nivel de vida previo, entre otros.
● Asesórate con un especialista en derecho familiar, para que el trámite sea adecuado y con una estrategia profesional.
● Entiende que no se trata de “que te mantengan”, sino de evitar una desventaja económica tras la ruptura.

Conclusión
La pensión compensatoria cumple una función esencial: restablecer, en lo posible, el equilibrio económico que la vida en común y su ruptura pueden haber alterado.

En Hidalgo, la ley la contempla de manera clara.

Si crees que tienes derecho a ella o que podrías estar obligado a otorgarla, busca asesoría profesional. En nuestro despacho de abogados familiares te acompañamos paso a paso: revisamos tu caso, preparamos la demanda y te apoyamos hasta la sentencia.

Tu tranquilidad y equidad son nuestra prioridad.

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